Que, ante esta Sentencia, Rogelio Colque Flores, Justo Alberto Quispe Callisaya, Natalio Ibañez Ticona y
Que, ante esta Sentencia, Rogelio Colque Flores, Justo Alberto Quispe Callisaya, Natalio Ibañez Ticona y Gabino Poma Condori de fs. 1342 a 1348 interponen Recurso de Apelación Restringida, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 16 de diciembre de 2009 (fs. 1452 a 1456 vta.), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó Auto de Vista Nº 841/2009, por el que se declaró Improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación restringida y en consecuencia confirmó la Sentencia
- Con base a la Acusación Fiscal y Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el
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- Que, ante esta Sentencia, Rogelio Colque Flores, Justo Alberto Quispe Callisaya, Natalio Ibañez Ticona y
- Mediante memorial de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
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- VII.- Se vulneró el principio de publicidad, por haberse impedido grabar las audiencias
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- Defectos Absolutos in procedendo e in judicando que vulneran derechos y garantías constitucionales, citando doctrina
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- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- Que, de conformidad al Auto Supremo Nº 177 de 15 de agosto de 2014, se
- De los puntos expuestos en Casación se tiene principalmente la vulneración a los principios de
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- POR TANTO
- En aplicación del art
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante
