Para la resolución del presente caso, dado los agravios denunciados corresponde analizar el recurso de
Para la resolución del presente caso, dado los agravios denunciados corresponde analizar el recurso de apelación interpuesto por el ahora recurrente y el Auto de Vista impugnado. De la lectura de recurso de apelación pueden establecerse que han sido dos los motivos de agravio denunciados: 1) Ante el funesto desempeño gerencial del actor por una total y dolosa desatención, incorrecto manejo de las medidas de ajuste y prevención del impacto medio ambiental, incumplimiento del manifiesto ambiental en el que asumió compromisos y responsabilidades que fueron desatendidas y no fueron comunicadas al directorio ocasionaron el cierre de la avícola, conducta que se enmarca en las causales de los incs. c) y e) del art. 16 de la LGT, 9 del DR-LGT y los arts. 1 y 3 de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, no correspondía el pago de beneficios sociales; 2) Se interpretó erróneamente la normativa laboral, determinando que el solo hecho de haberse admitido la elaboración del finiquito era prueba suficiente para condenar al pago de la indemnización, aun cuando el demandante no hubiera asistido a la confesión provocada, pasando por alto lo dispuesto por el art. 16 de la LGT bien el trabajo del recurrente fue calificado inicialmente como satisfactorio tuvo una tendencia decreciente habiendo presentando astutamente su renuncia para evadir su responsabilidad
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- El fallo mencionado, motivó la interposición del recurso de casación en la forma (fs
- Los referidos hechos no fueron analizados asumiendo conclusiones sin la consideración de los elementos fácticos
- 2
- El actor contestó el recurso de casación mediante memorial de fs
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Para la resolución del presente caso, dado los agravios denunciados corresponde analizar el recurso de
- Ingresando ya en la resolución del recurso, corresponde señalar
- En ese sentido, en toda resolución judicial la motivación debe constar por escrito y contener
- En tal sentido, el análisis de si en una determinada resolución judicial se ha violado
- En el caso presente, la resolución impugnada de fs
- Ese entendimiento, no significa que esta Sala esté determinando en qué sentido debe resolver el
- Sin multa por ser excusable
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art 17.IV de la LOJ
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
