Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, declarando
Denunció también violación y aplicación errónea de la Ley de 18 de diciembre de 1944, así como el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, toda vez que no se valoró prueba que demostraría que el demandante conocía que el mismo no había cumplido con el término de prueba al que se encontraba sujeto al haber cometido actos de negligencia, no siendo acreedor al pago de aguinaldo toda vez que no se trabajó más de los 90 días, asimismo no correspondería la multa del 30% al habérsele cancelado cuanto derecho podía asistirle antes de los 15 días que establece el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
II. 1 Petitorio
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, declarando improbada la demanda y probada la excepción perentoria de pago, sea conforme a derecho
II. 1 Petitorio
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, declarando improbada la demanda y probada la excepción perentoria de pago, sea conforme a derecho
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Roberto Espinoza en representación del Edificio Omega (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Roberto Espinoza en
- Asimismo señaló violación y aplicación errónea de los arts
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, declarando
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- Así también, nuestra Constitución Política del Estado conforme a esta óptica protectiva regula pautas interpretativas
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador
- Concluyendo, en ese sentido, válidamente el Tribunal de Alzada que conforme las literales de fs
- A ello cabe agregar a mayor abundamiento que por mandato del art
- Por otro lado, en cuanto a la alegación vertida por el recurrente en sentido de
- En base a esta normativa vigente, se concluye que dicha previsión legal sanciona el incumplimiento
- En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
