Auto Supremo AS/0272/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2014

Fecha: 18-Ago-2014

En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se

En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se produjo el 25 de abril de 2012 conforme señala la nota cursante a fs. 4, ratificado en la demanda a fs. 7 y vta.; es decir, cuando se encontraba en plena vigencia el DS Nº 28699, mientras que parte de sus beneficios sociales fueron cancelados el 31 de mayo de 2012 conforme establece el documento a fs. 15 y la fotocopia simple del cheque a fs. 16, por lo que corresponde aplicar la multa del 30% sobre la totalidad de los beneficios establecidos en la Sentencia Nº 97-A/2013 de 18 de marzo (fs. 73 a 81)