POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 101 a 104 vta., interpuesto por Roberto Espinoza en representación del Edificio Omega, con la aclaración que la actualización prevista por el art. 9. I del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, debe ser calculada en ejecución de sentencia sobre el monto Bs.5.104,19.- (Cinco mil ciento cuatro 19/100 Bolivianos) que corresponde a los beneficios sociales y derechos laborales otorgados en la Sentencia de primera instancia menos el pago realizado (fs. 6). Con costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Roberto Espinoza en representación del Edificio Omega (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Roberto Espinoza en
- Asimismo señaló violación y aplicación errónea de los arts
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, declarando
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- Así también, nuestra Constitución Política del Estado conforme a esta óptica protectiva regula pautas interpretativas
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador
- Concluyendo, en ese sentido, válidamente el Tribunal de Alzada que conforme las literales de fs
- A ello cabe agregar a mayor abundamiento que por mandato del art
- Por otro lado, en cuanto a la alegación vertida por el recurrente en sentido de
- En base a esta normativa vigente, se concluye que dicha previsión legal sanciona el incumplimiento
- En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
