Auto Supremo AS/0427/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2014

Fecha: 24-Sep-2014

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5.- Referido a la valoración defectuosa de la prueba, se debe tener en cuenta que en el punto quinto del Auto de Vista específicamente se resolvió de manera fundada por parte del Tribunal de Alzada, realizando un análisis concreto de que la Sentencia no incurrió en defectuosa valoración de la prueba, por lo que lo manifestado en este punto carece de sustento legal y con relación al precedente invocado en este punto, no resulta ser contradictorio debido a que el Tribunal de Alzada dio una respuesta concreta a lo pedido por el recurrente, la misma que se encuentra acorde a la normativa que hace al caso de Autos