Auto Supremo AS/0455/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0455/2014-RRC

Fecha: 11-Sep-2014

Por otra parte refiere que son dos los principios que rigen para un razonamiento correcto:


Sobre los errores in cogitando, Beatriz Angélica Franciskovic Ingunza, en su publicación “LA SENTENCIA ARBITRARIA POR FALTA DE MOTIVACIÓN EN LOS HECHOS Y EL DERECHO”, explica que se pueden dar por: a) Falta de motivación, cuando no existe motivación alguna, o la existente no es considerada como tal por no ingresar al fondo del recurso; y b) Defectuosa motivación, que se puede dar en tres modalidades: i) Motivación aparente, cuando se viola los principios lógicos del pensar y de las reglas de la experiencia. ii) Motivación insuficiente, que se presenta cuando se vulneran los principios lógicos de razón suficiente y; iii) Motivación defectuosa propiamente dicha, cuando el razonamiento del juez viola los principios lógicos y las reglas de la experiencia.

Por otra parte refiere que son dos los principios que rigen para un razonamiento correcto: El Principio de verificabilidad, en el entendido de que la motivación del juez así como la fundamentación de la sentencia, debe expresarse de tal manera que pueda ser verificada, esto es que los motivos deban ser claros y expresos, lo cual proscribe toda formulación manifestada en lenguajes oscuros, vagos y ambiguos o tácitos. Y el principio de la racionalidad, pues desde el punto de vista formal (lógico-formal), la decisión debe ser fruto de un acto de la razón, no fruto de la arbitrariedad, debe conformarse con las reglas que rigen el pensar y de las que surgen de la experiencia cotidiana