Auto Supremo AS/0466/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2014

Fecha: 17-Sep-2014

Del recurso de casación y del Auto Supremo 253/2014-RA de 16 de junio, se extrajeron


I.1.1. De los motivos del recurso

Del recurso de casación y del Auto Supremo 253/2014-RA de 16 de junio, se extrajeron los siguientes motivos, a ser analizados en la presente Resolución, sobre los cuales este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ):

Alegan los recurrentes, que el Auto de Vista disputado, incurrió en falta de fundamentación y en revalorización de la prueba extraordinaria, pues, observó primero, su ilegal judicialización y luego, su ilegal valoración, no obstante que dicha prueba no fue valorada por el A quo, porque no tiene fundamento legal, menos base sólida y coherente, que demuestre el objeto de la litis y por tanto, no podía enervar todo el proceso oral, público y contradictorio; además, señalan que la resolución impugnada, incurre en contradicciones y citas de preceptos legales no acordes al caso, por ejemplo el art. 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), los arts. 13, 84, 124, 335 parte final; 169 inc. 1) y 370 incs. 1) y 4) del CPP, que resultarían impertinentes, ya que, en ningún momento sus derechos fueron vulnerados.

Al efecto citaron como precedentes contradictorios los Autos Supremos, 127/2011 de 21 de abril (finalidad del recurso de apelación); 093/2011 de 24 de marzo (principio de continuidad del juicio oral); 053/2012 de 22 de marzo, 463/2010 de 1 de octubre, 316/2009 de 19 de marzo; 277/2008 de 13 de agosto, 141/2008 de 6 de junio, 214/2007 de 28 de marzo, 151/2007 de 2 de febrero, 116/2007 de 31 de enero, 412/2006 de 10 de octubre, 353/2006 de 29 de agosto, 309/2006 de 25 de agosto y 063/2006 de 27 de enero, todos referidos a la prohibición de valoración de prueba por el ad quem.

I.1.2. Petitorio

Los recurrentes al amparo del art. 416 del CPP, solicitan a este Tribunal Supremo deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y disponga se dicte uno nuevo conforme a derecho