Que, la SC 0871/2010-R de 10 de agosto, ha definido al debido proceso como ‘…
4.- Que, el Art. 115 de la CPE dispone: ‘Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos II. El estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’
Que, la SC 0871/2010-R de 10 de agosto, ha definido al debido proceso como ‘… el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; comprende la potestad de ser escuchado presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo (derecho a la defensa) y la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos. Se entiende que el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el Constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales’, bajo este entendido se tiene que el debido proceso como derecho constitucional, en su pilar de la fundamentación de las resoluciones no ha sido adecuadamente observando en el presente caso, concurriendo de tal manera lo previsto en el Art. 169 num. 3) del CPP, situación comprendida en el Art. 407 del CPP, por cuanto se hace viable del presente recurso de apelación restringida”
- Por memoriales presentados el 16 de mayo de 2014, que cursan de fs
- a)Desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 79/2013 de 3 de abril (fs
- De los memoriales de los recursos de casación y del Auto Supremo 287/2014-RA de 27
- Recurso de casación presentado por Williams Lavadenz Padilla
- 1)El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no se encuentra debidamente fundamentado respecto
- 2)Denuncia también que el Auto de Vista impugnado incurre en incongruencia omisiva, como defecto absoluto
- Invoca y transcribe como precedentes contradictorios la doctrina aplicable establecida en los Autos Supremos 99/2012
- Los querellantes Nelly Choque de Montevilla y Telésforo Monroy Montevilla Chino, solicitan sea admitido su
- Mediante el Auto Supremo 287/2014-RA de 27 de junio, se admitieron los recursos de casación
- El querellante fundamenta expresando en lo sustancial, que el 3 de diciembre de 2009, el
- A tiempo de recalcar que William Lavadenz no tuvo la menor piedad al asesinar a
- II.3. Sentencia
- El Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, en el numeral 6, subtitulado “ANÁLISIS INTELECTIVO
- SEGUNDA
- TERCERA
- CUARTA
- En sus conclusiones, la defensa de Williams Lavadenz expresó que las acusaciones no han demostrado
- Al respecto se debe recordar que en materia penal no existe la prueba tasada, sino
- En la parte resolutiva, el Tribunal de Sentencia por unanimidad, falló declarando al imputado autor
- Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció: defectos de la sentencia por errónea aplicación
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 04/2014 de 3 de febrero, que
- 2
- 3
- Esta situación conlleva a que la sentencia emitida por el Tribunal A quo, en el
- Que, la SC 0871/2010-R de 10 de agosto, ha definido al debido proceso como ‘…
- Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
- III
- valoración probatoria deberá anular total o parcialmente la sentencia y ordenará la reposición del juicio
- III.2.En cuanto al recurso interpuesto por el imputado Willams Lavadenz Padilla
- dejarse llevar por la sola intuición; es decir, conforme la opinión del profesor Eduardo Couture,
- En lo que al Tribunal de apelación se refiere, debe tenerse en cuenta que la
- Invocó también el Auto Supremo No
- La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
- La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
- Además, a los fines de resolver el presente motivo, es menester señalar que se incurre
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: "El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- Precisado el motivo del recurso, así como los entendimientos jurisprudenciales contenidos en los precedentes y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
