Auto Supremo AS/0023/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Establecido lo anterior conviene precisar que conforme la uniforme línea jurisprudencial sentada por el Tribunal

Establecido lo anterior conviene precisar que conforme la uniforme línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, el debido proceso se encuentra consagrado y reconocido no solo como derecho fundamental, sino como garantía y como principio, y en ese sentido, en consonancia con los tratados internacionales, se estableció que los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público; derecho al Juez natural; derecho a la igualdad procesal de las partes; derecho a la defensa; derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas; derecho a la congruencia; derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones; mención que no es limitativa, sino más bien simplemente enunciativa, pues a ella se agregan otros elementos que hacen al debido proceso como garantía general y que derivan del desarrollo doctrinal y jurisprudencial de éste como medio para asegurar la realización del valor justicia