Auto Supremo AS/0024/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2015-RRC

Fecha: 13-Ene-2015

por el art


En cuanto al primer motivo de casación, en el que el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso y la seguridad jurídica, previstos


por el art. 115.II de la CPE y tratados internaciones, porque el Ad quem confirmó una sentencia con errónea aplicación de la Ley sustantiva, al condenarle por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, cuando fue acusado por el delito de Asesinato. Antes de ingresar a resolver el fondo del motivo de casación, es preciso hacer mención a lo expresado por el escritor Fernando de la Rúa en su obra “La Casación Penal” p. 37, donde refiere que la errónea aplicación de la norma sustantiva puede ser por: “a) el error acerca de la existencia de la norma; b) el error en la interpretación de la norma; c) el error en la aplicación, cuando se aplica a un hecho no correspondiente con la norma; d) el error en la deducción de las consecuencias de la norma, cuando no obstante ser correcta la interpretación y la subsunción del hecho, se proclaman consecuencias no correspondientes con la norma interpretada”