participación como instrumento del delito de Tráfico de Sustancias Controladas
Una vez concluido el debate del juicio oral, en el Tribunal Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto, de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 151/2010 de 23 de agosto, en base a los siguientes argumentos: i) El 30 de agosto de 2008, a horas 04:00, en operativo de control antinarcóticos en tranca móvil en la carretera Ancoraimes-Achacachi, Julio Samo Samo, fue encontrado por miembros de la Fuerza Especial de Lucha Contra el narcotráfico (FELCN), conduciendo el automóvil color blanco con placa de control 1084-UPB, transportando 47.007 gr de cocaína en la maletera ; ii) El referido conductor, fue acusado por haber pretendido sobornar con un fajo de dinero a un miembro de la FELCN; empero, no se ha probado la existencia de dinero en monto considerable; iii) El conductor del vehículo Julio Samo Samo se identificó como miembro de la Policía Nacional y aprovechando de esa función, influyó en funcionarios de la FELCN para evitar la revisión de la maletera del automóvil; iv) Antes de la presencia del automóvil, arribó el minibús con placa de control 2094-CFS conducido por Santiago Javier Mamani Mendoza, en la oscuridad de la noche se resistió a la orden policial de apagar luces de parqueo y en el vehículo se encontraron tres boletas de rodaje, circunstancias que lo vinculan como partícipe en el Tráfico de Sustancias Controladas; y, v) En el operativo antinarcóticos se incautó dos vehículos, el automóvil color blanco con placa de control 1084-UPB y el minibús color blanco con placa de control 2094-CFS, vehículos que tienen directa
participación como instrumento del delito de Tráfico de Sustancias Controladas
- El recurso de casación interpuesto por Santiago Javier Mamani Mendoza, cursante de fs
- a)Como emergencia de la acusación pública (fs
- b)Contra la citada Sentencia, Santiago Javier Mamani Mendoza, por memorial cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- participación como instrumento del delito de Tráfico de Sustancias Controladas
- Por memorial que cursa de fs
- Argumentos por los que, solicitó que el Tribunal de alzada anule la Sentencia y se
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- Antes de ingresar al análisis de fondo del recurso planteado, es importante puntualizar que este
- III.1. El derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior
- El artículo 8
- En la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, este derecho se encuentra reconocido en
- De otra parte, cabe señalar que en virtud del principio pro actione, la doctrina y
- Ahora bien, ello no implica desconocer las diferentes posibilidades de organización de los distintos órdenes
- III.2.De la notificación con la Sentencia
- La notificación con la Sentencia y otros actuados judiciales que tengan carácter definitivo, merecen primordial
- De ahí porqué, el Código de Procedimiento Penal en el título VII de Notificaciones, a
- Respecto al lugar de las notificaciones, el art
- Con relación a los actuados judiciales que deben ser necesariamente notificados de manera personal, el
- Sobre la citada disposición legal este Tribunal mediante Auto Supremo 356/2012 de 28 de noviembre,
- Que en consecuencia se afirma como requisito imprescindible cumplir con la notificación personal (salvo la
- Como se advierte la notificación personal con estas resoluciones, entre ellas, las sentencias y resoluciones
- III.3.Análisis del caso planteado
- El recurrente denuncia, que ante la tardía notificación por parte del Tribunal Tercero de Sentencia
- De la revisión de los antecedentes que constan en el cuaderno procesal, se advierte que,
- De los antecedentes referidos, se concluye que la apelación restringida presentada por el imputado Santiago
- anulen o impidan el uso de los medios de impugnación, circunstancia en la que se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
