Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante Auto de Vista 45/2013 de 10 de mayo, con los siguientes fundamentos jurídicos:
De la revisión de los antecedentes procesales, se advierte que no consta en el cuaderno la diligencia de notificación con la Sentencia al imputado Santiago Javier Mamani Mendoza, razón por la que se dispuso se devuelvan obrados al Tribunal de origen, el cual por proveído de 26 de marzo dispuso su cumplimiento, notificándose de manera personal al imputado conforme la diligencia de 14 de febrero de 2013; empero, no cursa en actuados memorial alguno con el que hubiese ratificado el recurso interpuesto dentro del término de ley; en consecuencia, ante la inexistencia del recurso de apelación restringida, el Tribunal de alzada no puede ingresar al análisis procesal del recurso de apelación restringida, declarando inadmisible y confirmó la Sentencia
- El recurso de casación interpuesto por Santiago Javier Mamani Mendoza, cursante de fs
- a)Como emergencia de la acusación pública (fs
- b)Contra la citada Sentencia, Santiago Javier Mamani Mendoza, por memorial cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- participación como instrumento del delito de Tráfico de Sustancias Controladas
- Por memorial que cursa de fs
- Argumentos por los que, solicitó que el Tribunal de alzada anule la Sentencia y se
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- Antes de ingresar al análisis de fondo del recurso planteado, es importante puntualizar que este
- III.1. El derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior
- El artículo 8
- En la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, este derecho se encuentra reconocido en
- De otra parte, cabe señalar que en virtud del principio pro actione, la doctrina y
- Ahora bien, ello no implica desconocer las diferentes posibilidades de organización de los distintos órdenes
- III.2.De la notificación con la Sentencia
- La notificación con la Sentencia y otros actuados judiciales que tengan carácter definitivo, merecen primordial
- De ahí porqué, el Código de Procedimiento Penal en el título VII de Notificaciones, a
- Respecto al lugar de las notificaciones, el art
- Con relación a los actuados judiciales que deben ser necesariamente notificados de manera personal, el
- Sobre la citada disposición legal este Tribunal mediante Auto Supremo 356/2012 de 28 de noviembre,
- Que en consecuencia se afirma como requisito imprescindible cumplir con la notificación personal (salvo la
- Como se advierte la notificación personal con estas resoluciones, entre ellas, las sentencias y resoluciones
- III.3.Análisis del caso planteado
- El recurrente denuncia, que ante la tardía notificación por parte del Tribunal Tercero de Sentencia
- De la revisión de los antecedentes que constan en el cuaderno procesal, se advierte que,
- De los antecedentes referidos, se concluye que la apelación restringida presentada por el imputado Santiago
- anulen o impidan el uso de los medios de impugnación, circunstancia en la que se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
