Auto Supremo AS/0030/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

El art


5) Transcribiendo en su integridad el Auto Supremo 234/2012 de 1 de octubre, hace referencia al derecho del imputado a la revisión del fallo, reiterando argumentos sobre la inobservancia y errónea aplicación de la ley, para referir como “CONCLUSIÓN DE PARTE CASANTE”, que la Sentencia viola el art. 407 del CPP, que determina su nulidad absoluta por falta de fundamentación conforme señala el art. 169 inc. 3) del CPP, relacionado con los “arts. 115.2, 116, 117.I, 119.I de la CPE” (sic); vulnerando además el art. 370 incs. 1), 3), 5), 6), 8) y 11) del CPP “de donde deviene la apelación restringida ahora formulada” (sic).

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP