Asimismo acotó que el Auto de Vista no expresó razonamiento valorativo alguno de las pruebas
Asimismo acotó que el Auto de Vista no expresó razonamiento valorativo alguno de las pruebas introducidas en relación a los aspectos constitutivos de la especie legal o tipo penal, resaltando que simplemente se efectuó cita del nombre de las personas que declararon en juicio y se copió el contenido fragmentado de dichas declaraciones, haciendo tan solo una indicación de la prueba documental sin expresar razones justificantes de porqué las declaraciones son veraces; por otro lado, se hizo una llana relación de los hechos, respecto a la existencia del delito y su participación, sin expresar el conjunto de razonamientos sobre el aspecto jurídico, tampoco se refirió a qué hechos, conductas y pruebas demostraron la existencia del dolo requerido, ni se especificó cuáles los actos o conductas que desplegaron para consumar el delito por el cual fueron condenados, lo que consideran contradictorio a los Autos Supremos 14 de 26 de enero de 2007, 21 de 26 de enero de 2007, 236 de 7 de marzo de 2007, 431 de 11 de octubre de 2006 y 281 de 15 de octubre de 2012
- Por memoriales presentados el 10 y 12 de diciembre de 2014, cursantes de (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificados los recurrentes, con el referido Auto de Vista el 5 de diciembre de 2014
- De los argumentos expuestos en los recursos de casación, se establece lo siguiente
- Los recurrentes aseveran que el Tribunal de apelación omitió observar su obligación de fundamentar y
- Asimismo acotó que el Auto de Vista no expresó razonamiento valorativo alguno de las pruebas
- II.2. Del recurso de casación de Miguel Ángel Salgado Valdiviezo
- 2)Con relación a la falta de individualización del imputado, el Auto de Vista se limitó
- 3)Asimismo, en cuanto a la denuncia de valoración defectuosa de la prueba, el Tribunal de
- 4)Respecto al agravio de violación del principio in dubio pro reo, los Vocales refirieron que
- 5)Con relación a su denuncia de violación al debido proceso, presunción de inocencia, seguridad jurídica
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- IV.1. Sobre el recurso de casación de Mariela Mayer Salgado Valdiviezo y Jorge Ávila Farel
- De acuerdo a lo dispuesto por el art
- Con relación al cuestionamiento efectuado en el recurso, esencialmente referido a la ausencia de una
- IV.2. Sobre el recurso de casación de Miguel Ángel Salgado Valdiviezo
- En antecedentes consta que el coimputado, fue notificado con el Auto de Vista 156/2014, el
- Como segundo agravio, denuncia que el Tribunal de alzada se limitó a señalar que no
- En cuanto al quinto agravio, en el que aduce falta de fundamentación fáctica y jurídica
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
