Auto Supremo AS/0037/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

Con relación al cuestionamiento efectuado en el recurso, esencialmente referido a la ausencia de una


Con relación al cuestionamiento efectuado en el recurso, esencialmente referido a la ausencia de una debida fundamentación y motivación de los tres puntos impugnados en el recurso de apelación restringida, relativos a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, la defectuosa valoración de la prueba, en la que resaltó las pruebas MP1, MP17, MP19, MP20 y MP23 y a la falta de fundamentación de la Sentencia, se advierte que además de detallar las razones por las que efectuó la apelación de los puntos señalados, aseveró que el Tribunal de alzada se limitó a realizar una relación de hechos, remitiéndose a otros actos, constancias del proceso y a la cita y transcripción fragmentada de los argumentos de la sentencia, sustituyéndola por una alusión global a la prueba rendida, sin determinar un criterio propio respecto a los mismos, destacando que en cuanto al punto de la defectuosa valoración de las pruebas, el Auto de Vista se limitó a citar el nombre de las personas que declararon en juicio, haciendo referencia sólo a prueba documental; y, en cuanto a la existencia del delito y a su participación, no expresó el conjunto de razonamientos que sustentaron que los mismos se dieron en su caso, lo que considera contradictorio con la doctrina legal asumida en los Autos Supremos 14 de 26 de enero de 2007, 21 de 26 de enero de 2007, 236 de 7 de marzo de 2007, 431 de 11 de octubre de 2006 y 281 de 15 de octubre de 2012, explicación suficiente que permite ingresar al análisis de fondo del agravio deducido, deviniendo su admisibilidad