Auto Supremo AS/0037/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública y las respectivas subsanaciones a la misma (fs. 15 a 21 vta. y fs. 28 a 34), se desarrolló la audiencia de juicio oral, una vez concluida el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 9/2013 de 9 de agosto por la que declaró a Miguel Ángel Salgado Valdiviezo, Mariela Mayer Salgado Valdiviezo y Jorge Ávila Farel, autores del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, en la vertiente de posesión dolosa, previsto en el art. 48, en concordancia con el art. 33 inc. m) de la Ley 1008, con relación a la lista I y V de su anexo, condenándoles a sufrir la pena privativa de libertad de diez (10) años más el pago de trescientos días multa, a razón de un boliviano (Bs. 1) por día, sumando un total de Trescientos bolivianos (300 Bs), más el pago de costas a favor del Estado, a cumplir en el Centro de Readaptación Productiva “El Palmar”; y, emitió Sentencia absolutoria en beneficio de Carlos Alberto Coronado Segovia, disponiendo su libertad irrestricta, con costas (fs. 330 a 347 vta.)

b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por los imputados condenados, conforme se evidencia de los memoriales de fs. 379 a 383 vta. y fs. 384 a 392, resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, a través del Auto de Vista 156/2014 de 21 de noviembre, que los declaró sin lugar, confirmando la Sentencia recurrida