Auto Supremo AS/0338/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2015

Fecha: 27-Oct-2015

El sistema de seguridad social en Bolivia, además de la norma positiva expresa existente, se

El sistema de seguridad social en Bolivia, además de la norma positiva expresa existente, se rige bajo algunos principios como el de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia, conforme lo expresa el art. 45 de la CPE; así también, en el supuesto de la contingencia de vejez, rige además otro principio para su goce efectivo que está implícito en el texto constitucional, como es el principio de continuidad de los medios de subsistencia entre la percepción del salario y la renta de vejez, conforme el propio art. 45 concordante con el art. 67 de la CPE, a partir del precepto constitucional que reconoce el derecho a una vejez digna, el que encuentra perfecta armonía con el Sistema de Seguridad Social que pretende resguardar