Bajo estos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
Bajo estos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación, al carecer de sustento legal; el auto de vista recurrido se ajusta a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, por lo que corresponde resolver, conforme disponen los arts. 271.2 y 273 del CPC
- Auto Supremo Nº 363/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.168/2015
- Distrito: La Paz
- VISTOS: Los recursos de casación en el fondo y nulidad de fs
- En el recurso de nulidad o casación de fs
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- Por lo expuesto, recurre de casación conforme al art
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- CONSIDERANDO II
- En mérito a ello se concluye que para la procedencia del pago de la multa
- Bajo estos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- En efecto, aplicando la segunda parte del art
- De las disposiciones legales citadas, claramente puede deducirse que las costas y los honorarios profesionales
- Que, si bien, aplicando en sentido latu sensu el art
- II.- En cuanto al recurso de casación formulado por Mario Osvaldo Peñaranda Gambarte, se establece
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
