Auto Supremo AS/0367/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2015

Fecha: 27-Oct-2015

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, corresponde su análisis y resolución por separado, de

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, corresponde su análisis y resolución por separado, de acuerdo a las consideraciones de orden legal:
En cuanto al recurso de casación en el fondo de fs. 521 a 523, interpuesto por el representante de la Caja Petrolera de Salud, Regional Santa Cruz, representada por Efidio Saturnino Flores Bonillas; es preciso remitirnos a la amplia jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, que señaló, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del CPC, debiendo fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación ya sea en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente referir la vulneración de normas, ni hacer relatos intrascendentes, sin establecer de manera precisa las disposiciones legales infringidas, demostrando en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada, cómo se incurrió en ella y cuál la probable solución a la misma