Auto Supremo AS/0367/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Refirió también que el tribunal de apelación al dictar el auto de vista de fs

Refirió también que el tribunal de apelación al dictar el auto de vista de fs. 512 a 514, simplemente repitió la fundamentación de la sentencia, respecto al pago de las pretensiones de las demandantes para el pago retroactivo de salarios y la multa del 30% invocando la aplicación de las reglas de la sentencia establecidas en el art. 202 del CPT y de forma reiterativa lo establecido por el art. 236 del CPC, apartándose del agravio principal a los intereses de la institución pública, siendo que la sentencia en el fondo declara improcedente la excepción perentoria de cosa juzgada; hecho que denota parcialización de los tribunales inferiores en flagrante violación al sagrado principio de la seguridad jurídica y el debido proceso establecido en los arts. 115.II y 178 de la CPE