Auto Supremo AS/0410/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0410/2015-RA-L

Fecha: 08-Oct-2015

Del memorial de fs. 500 a 503, se extraen los siguientes motivos


c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 8 de noviembre de 2010 (fs. 487), el 13 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, sujeto al presente examen de admisibilidad.

II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de fs. 500 a 503, se extraen los siguientes motivos:

1) Como primer motivo, el recurrente reclama haber llevado ante el Tribunal de alzada, su reclamo de que el juicio oral no se desarrolló conforme a ley, pues, en el caso de autos, desde el 4 de mayo de 2010 se dispuso la prosecución el 10 del mismo mes y año, reiniciándose el juicio el 4 de junio del 2010, por lo que vulneró el principio de continuidad, y lo que al Tribunal de apelación le correspondía era anular la Sentencia, incurriendo en Defecto Procesal Absoluto, previsto en el art. 169 inc. 3) de la Ley 1970, vulnerando también los arts. 334, 335 y 336 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y que en virtud del art. 420 del código adjetivo, es de aplicación obligatoria la doctrina sentada por los precedentes contradictorios: Autos Supremos 37 de 27 de enero de 2007 y 167 de 6 de febrero de 2007