Si bien el recurrente, denuncia vulneración del principio de inmediación y Juez Natural; empero, no
Si bien el recurrente, denuncia vulneración del principio de inmediación y Juez Natural; empero, no expone en qué consiste la disminución o restricción de derechos y cuál el resultado dañoso producto del defecto, que hubiere derivado en una consecuencia procesal de relevancia constitucional, limitándose a enunciar de manera simple y llana, vulneración de los mismos, con lo que tampoco se cumple con los prepuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Pedro Lima Maquera (fs
- Del memorial de fs. 500 a 503, se extraen los siguientes motivos
- 2) En el segundo motivo, el recurrente, reclama que el Tribunal de alzada no compulsó
- 3) Como tercer motivo, el recurrente, denuncia que el Tribunal de Alzada incumplió con
- 4) Como cuarto motivo, con los mismos argumentos que en el anterior motivo, denuncia que
- 5) Como quinto motivo, acusa el imputado que el Auto de Vista carece de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En consecuencia, las razones expuestas, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el
- Del segundo motivo, se evidencia que el recurrente, no invoco ningún precedente para que así
- Por otra parte, si bien el recurrente, al finalizar la exposición del presente motivo del
- En el cuarto motivo, manifiesta que el Tribunal de alzada no reparó el reclamo de
- Si bien el recurrente, denuncia vulneración del principio de inmediación y Juez Natural; empero, no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
