Auto Supremo AS/0722/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0722/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

II.2. De la apelación restringida


En el acápite 3 denominado “VALORACIÓN DE LA PRUEBA”, el Tribunal valora la prueba en los incisos h, i, j y k, incluida la documental D-D1, estableciendo que la concesión minera que tenían los acusados, habría caducado por falta de pago de las patentes mineras el año 2001, resaltando que se llegó a esa conclusión, precisamente por la documental signada como D-D1; por lo que los acusados al realizar contratos de alquiler sin tener derecho sobre las concesiones que pertenecen a la COMIBOL, adecuaron su conducta al tipo penal acusado, situación por la cual se los declaró autores de la comisión del delito de Estelionato establecido en el art. 337 del CP, imponiendo a Juan de La Cruz Llave Nina la pena de 2 años y 6 meses y a Héctor Llave Nina la sanción de 3 años.

II.2. De la apelación restringida