Auto Supremo AS/0722/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0722/2015

Fecha: 05-Oct-2015

En relación a la valoración de la probatoria cursante a fs

En relación a la valoración de la probatoria cursante a fs. 1010, 255 a 257, 63 a 65, este Tribunal encuentra que la misma no constituye prueba idónea que demuestre la condición de servidor público del actor demandante o que a éste no le corresponda el régimen de la normativa laboral, de modo que su cita en casación resulta infundada, dada la ausencia de elementos probatorios idóneos que acrediten una condición distinta a la concluida por los de instancia para el trabajador actor; siendo justo y apegado a derecho la decisión de reconocer al mismo el pago de su beneficio social a la indemnización prevista en el art. 13 de la LGT