Auto Supremo AS/0723/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

III.2. La jurisprudencia sobre el principio de continuidad y los cambios doctrinales sobre la materia


La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en las resoluciones; al respecto, el Auto Supremo Nº 141 de 22 de abril de 2006, establece "...el Tribunal de Apelación al circunscribir su competencia a los puntos impugnados o a los defectos absolutos, los mismos deben encontrarse con el fundamento respectivo, obligación que debe cumplir ineludiblemente, la falta de fundamento en uno de ellos en la resolución emitida por el Tribunal de Alzada vulnera los principios de tutela judicial efectiva, derecho a la defensa y debido proceso".

Respecto a este precedente invocado, al constituirse en una situación de hecho similar al denunciado, como es la falta de fundamentación del Auto de Vista; corresponde considerar el fondo de la problemática planteada a los fines de establecer la presunta existencia o no de contradicción.

III.2. La jurisprudencia sobre el principio de continuidad y los cambios doctrinales sobre la materia