Asimismo, invocó el Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007, que emana del
Asimismo, invocó el Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007, que emana del proceso penal por el delito de Estelionato, que declaró la culpabilidad de los imputados condenándolos a la pena de tres años y un mes de reclusión, que fue confirmada por Auto de Vista dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz. Fallo que recurrido de casación dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido y en el análisis de los aspectos cuestionados evidenció una total falta de fundamentación intelectiva en el Auto de Vista recurrido que se limitó a transcribir los considerandos, antecedentes del proceso, el razonamiento del a quo y las alegaciones impugnaticias formuladas por las partes, que al realizar una relación de normas legales, no suple la debida fundamentación, cuando por imperativo legal el juzgador debe expresar sus propios razonamientos, de manera clara y precisa, expresando los argumentos de hecho y de derecho en que se basan sus decisiones; habiendo en consecuencia esbozado la siguiente doctrina legal aplicable: “Si una sentencia cumple con la garantía de la debida motivación, una sentencia sustentada en argumentos claros cumple además con otras dos garantías adicionales, una en interés de las partes y otra en interés de la sociedad en general: la de hacer asequible el acceso a la justicia en este caso mediante los recursos -si los hay-, y la de garantizar el derecho a la información, pues una sentencia obscura a disposición del público permite el acceso a la información, pero una sentencia que es clara lo garantiza, lo hace realmente efectivo, en tanto que no sólo se tiene acceso a ella, sino además cumple con la función última de hacer saber a la sociedad por qué el juzgador sentenció de una determinada manera un juicio
- Por memorial presentado el 22 de septiembre de 2010, cursante de fs
- b) Contra la citada Sentencia, previas las solicitudes de complementación y enmienda, el imputado
- En base a los argumentos que expone, considerando la existencia de violación de derechos y
- Mediante Auto de Supremo de admisibilidad 345/2015-RA-L de 6 de julio, de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- La Sentencia 5/2009 de 13 de marzo, emitida por el Tribunal Cuarto de Sentencia del
- En el mes de julio de 2004, hubo varias irrupciones a los terrenos que ni
- Con la convicción de que la conducta descrita atribuida a los imputados, se encuentra plenamente
- Alegando inobservancia de la ley, Juan Carlos Rojas Miranda, por sí y en representación de
- c) En respuesta al recurso de apelación restringida de la acusación particular, con relación a
- En mérito a los fundamentos expuestos, el Tribunal de alzada declaró procedente en parte las
- Este Tribunal, de acuerdo al Auto Supremo 345/2015-RA-L de 06 de julio, admitió los motivos
- III.1. Doctrina legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó con relación al primer motivo el
- El Auto de Vista que resuelva los puntos cuestionados debe fundamentar cada uno de ellos;
- Asimismo, invocó el Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007, que emana del
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el juzgador
- III.4. Análisis del caso concreto
- Del contenido del recurso de casación, el primer motivo detectado, alude a la denuncia referida
- Sostuvo que de manera errada el Tribunal de apelación, valoró otros aspectos como la individualización
- A efectos de contextualizar los aspectos que comprende la denuncia, conviene analizar el contenido expresado
- Por su parte, el argumento del Auto de Vista impugnado trata en sentido de que
- En relación al segundo motivo, la denuncia del recurrente alude que el Tribunal de alzada,
- En cuanto al aspecto invocado en el motivo, relativo a la falta de individualización de
- De lo expuesto, se evidencia que el Auto de Vista impugnado, en cuanto al primer
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
