Auto Supremo AS/0727/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0727/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

4) Errónea aplicación de ley adjetiva en relación al art


4) Errónea aplicación de ley adjetiva en relación al art. 370 inc. 6) del CPP, porque la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba, así como no se realizó la valoración de la prueba extraordinaria de descargo. No existe valoración con respecto a las pruebas PD30, consistente en la certificación de derechos reales que simplemente fue nominada sin realizar el ejercicio de la sana crítica con relación a la actividad lógica e intelectiva de dicho documento, cuando lo correcto era la desvirtuación completa de la tipicidad. Prueba PD33, consistente en la certificación de la FFP-FIE SA, que establece la no existencia de hipoteca respecto al préstamo de dinero realizado