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    Auto Supremo AS/0730/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0730/2015-RRC-L

    Fecha: 12-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de abril de 2011, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 03/09 de 11 de agosto (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Alberto Peñarrieta Alpire y Christian Cárdenas
    • 1) El recurrente transcribiendo parcialmente el Auto de Vista hoy impugnado, alega, que el
    • 2) Denuncia el recurrente que el Ad quem, vulneró el debido proceso al emitir
    • Supremos 146 de 17 de marzo de 2004 y 252 de 22 de julio de
    • 4) Fundamenta el recurrente, que el Dr
    • II.1. De las apelaciones restringidas
    • El imputado Juan Alberto Peñarrieta Alpire, interpuso recurso de apelación restringida argumentando los siguientes motivos
    • Señala que el Juez de Sentencia, habría incurrido en una errónea valoración y apreciación de
    • II.2. Auto de Vista
    • Formulado el recurso de casación, corresponde analizar y resolver el contenido del mismo, conforme al
    • III.1. Marco legal, doctrinal y jurisprudencial
    • III.1.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • III.1.3. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo, que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • Habiendo sido admitido el recurso de casación formulado por la parte acusada, con la finalidad
    • Ingresando al análisis del motivo denunciado, de los antecedentes descritos se observa que el Auto
    • El segundo motivo, contiene la denuncia de incongruencia omisiva, señalando que el Auto de
    • Por lo referido, se concluye que la Sala Penal de la entonces Corte Superior del
    • Al respecto es preciso señalar que, esta línea jurisprudencial fue reconducida y modulada por este
    • Finalmente en el cuarto motivo del recurso, se tiene que el recurrente acusa defecto absoluto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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