Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0730/2015-RRC-L
Fecha: 12-Oct-2015
II.2. Auto de Vista
II.2. Auto de Vista
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Por memorial presentado el 19 de abril de 2011, cursante de fs
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a) Por Sentencia 03/09 de 11 de agosto (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Alberto Peñarrieta Alpire y Christian Cárdenas
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1) El recurrente transcribiendo parcialmente el Auto de Vista hoy impugnado, alega, que el
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2) Denuncia el recurrente que el Ad quem, vulneró el debido proceso al emitir
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Supremos 146 de 17 de marzo de 2004 y 252 de 22 de julio de
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4) Fundamenta el recurrente, que el Dr
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II.1. De las apelaciones restringidas
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El imputado Juan Alberto Peñarrieta Alpire, interpuso recurso de apelación restringida argumentando los siguientes motivos
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Señala que el Juez de Sentencia, habría incurrido en una errónea valoración y apreciación de
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II.2. Auto de Vista
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Formulado el recurso de casación, corresponde analizar y resolver el contenido del mismo, conforme al
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III.1. Marco legal, doctrinal y jurisprudencial
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III.1.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
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Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
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El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
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III.1.3. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo, que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2. Análisis del caso en concreto
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Habiendo sido admitido el recurso de casación formulado por la parte acusada, con la finalidad
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Ingresando al análisis del motivo denunciado, de los antecedentes descritos se observa que el Auto
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El segundo motivo, contiene la denuncia de incongruencia omisiva, señalando que el Auto de
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Por lo referido, se concluye que la Sala Penal de la entonces Corte Superior del
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Al respecto es preciso señalar que, esta línea jurisprudencial fue reconducida y modulada por este
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Finalmente en el cuarto motivo del recurso, se tiene que el recurrente acusa defecto absoluto
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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