Auto Supremo AS/0755/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0755/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Agrega que el Auto de Vista recurrido incurre en contradicción e incongruencia al declarar procedente


Señala la recurrente que el Auto Supremo 458 de 29 de septiembre de 2010, dispuso dejar sin efecto el primer Auto de Vista 1/2008 dictado en su favor y ordenó la emisión de un nuevo fallo, observando la doctrina legal; sin embargo, el Tribunal de alzada, inobservando la Resolución suprema, mediante el Auto de Vista 52/2010 dispuso la reposición del juicio, devolviendo obrados ante el Juez de Sentencia más próximo, incurriendo en errónea aplicación del Auto Supremo precitado e inobservancia de lo preceptuado por el art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Agrega que el Auto de Vista recurrido incurre en contradicción e incongruencia al declarar procedente la apelación interpuesta por su parte, y luego establecer que no siendo posible subsanar el defecto absoluto, en uso del art. 413 del CPP, anulase la Sentencia y el juicio; lo que denota una incorrecta aplicación de lo preceptuado por el art. 362 del CPP y una actuación observable en función del art. 370 inc. 5) del CPP, aplicable por analogía