Auto Supremo AS/0755/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0755/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

De donde se desprende que los Vocales acataron a cabalidad, todas las precisiones efectuadas por


v) El Tribunal revisor no puede desentrañar el contenido del acta de inspección y reconstrucción y determinar su relevancia con relación al hecho denunciado sin realizar una valoración y compulsa de la mencionada prueba en base a los principios de inmediación y contradicción, ya que dicha labor le corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales de Sentencia.

De donde se desprende que los Vocales acataron a cabalidad, todas las precisiones efectuadas por el Auto Supremo 458; puesto que de conformidad a sus disposiciones; de un lado, cumplieron con la emisión de un nuevo Auto de Vista, bajo argumentos distintos que se encuentran debidamente motivados, y en especial con relación a lo denunciado en el motivo planteado en el presente recurso, sobre el hecho de haber anulado obrados y dispuesto el reenvío del expediente, también fue correcto, puesto que en la Resolución Suprema se determinó claramente, que el Tribunal de apelación no se encuentra facultado para revalorizar la prueba, para en virtud a dicha labor, pretender modificar la situación jurídica del imputado, ello en resguardo de los principios de inmediación y contradicción