Auto Supremo AS/0765/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0765/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Invoca en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos 098 de 31 de enero de


Invoca en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos 098 de 31 de enero de 2007, que estarían referidos a que las circulares de la entonces Corte Superior pueden suspender actividades y que ese día no debe computarse en el plazo para interponer la apelación restringida; el Auto Supremo 438 de 10 de noviembre de 2005, que deja sin efecto el Auto de Vista, porque en el cómputo para interponer recurso de apelación restringida, sólo se cuentan días hábiles y la hora no se toma en consideración; y, el A.S. 09 de 28 de marzo de 2006 en el cual, se señalaría que el cómputo por días se entiende no de momento a momento; sino, por día transcurrido, a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación y concluye a las veinticuatro horas del último día, sin contar los domingos y feriados