DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Luego de realizar un resumen de los antecedentes más importantes del proceso, la parte recurrente, mediante un recurso de casación en la forma acusa la infracción del art. 254 num. 4) del Código de Procedimiento Civil, indicando que el Tribunal de Alzada vulneró el principio de congruencia, toda vez que el Auto de Vista debió limitarse únicamente a los agravios que fueron expuestos en apelación, el Tribunal de Alzada no puede suplir la omisión de la parte lesionada, vulnerando la imparcialidad al suplir la omisión de la parte apelante, máxime si se considera que el demandado planteó excepción de impersonería que fue declarada improbada mediante Auto de fecha 14 de octubre de 2006, de fs. 98, encontrándose dicha Resolución ejecutoriada
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Luego de realizar un resumen de los antecedentes más importantes del proceso, la parte recurrente, mediante un recurso de casación en la forma acusa la infracción del art. 254 num. 4) del Código de Procedimiento Civil, indicando que el Tribunal de Alzada vulneró el principio de congruencia, toda vez que el Auto de Vista debió limitarse únicamente a los agravios que fueron expuestos en apelación, el Tribunal de Alzada no puede suplir la omisión de la parte lesionada, vulnerando la imparcialidad al suplir la omisión de la parte apelante, máxime si se considera que el demandado planteó excepción de impersonería que fue declarada improbada mediante Auto de fecha 14 de octubre de 2006, de fs. 98, encontrándose dicha Resolución ejecutoriada
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista indicado, el demandante, interpuso recurso de casación en la forma,
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De la misma forma, de la revisión del segundo poder, otorgado también por Marcelino Díaz
- Por otro lado, uno de los agravios expuestos por la parte recurrente, es el relativo
- Por dichos motivos, los agravios traídos a consideración en casación devienen en infundados, correspondiendo fallar
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
