Auto Supremo AS/0937/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0937/2015

Fecha: 14-Oct-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Luego de realizar un resumen de los antecedentes más importantes del proceso, la parte recurrente, mediante un recurso de casación en la forma acusa la infracción del art. 254 num. 4) del Código de Procedimiento Civil, indicando que el Tribunal de Alzada vulneró el principio de congruencia, toda vez que el Auto de Vista debió limitarse únicamente a los agravios que fueron expuestos en apelación, el Tribunal de Alzada no puede suplir la omisión de la parte lesionada, vulnerando la imparcialidad al suplir la omisión de la parte apelante, máxime si se considera que el demandado planteó excepción de impersonería que fue declarada improbada mediante Auto de fecha 14 de octubre de 2006, de fs. 98, encontrándose dicha Resolución ejecutoriada