Auto Supremo AS/0957/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2015

Fecha: 14-Oct-2015

Al margen de ello, dicha omisión no genera indefensión o en su caso vulnera algún

En el sub lite, de la revisión del formulario de notificaciones de fs. 52 se advierte que la notificación en la cual, el día se encuentra entreborrado, corresponde a NUDELPA Ltda., entonces por sindéresis jurídica, es esta institución a quien supuestamente le causaría perjuicio este actuado, por cuanto quien se encuentra habilitado a realizar este reclamo es la parte demandada, careciendo de legitimación procesal la parte ahora recurrente.
Al margen de ello, dicha omisión no genera indefensión o en su caso vulnera algún derecho de las partes, ya que, si bien el día esta entreborrado, empero, la fecha resulta ser clara y la misma coincide con la señalada por el testigo en la parte inferior de su firma, no resultando viable pretender nulidad procesal, por pruritos formales