Auto interlocutorio que fue apelado por Rubén García Cabrera, por su memorial de fs
Auto interlocutorio que fue apelado por Rubén García Cabrera, por su memorial de fs. 87 a 97 y vta., con los fundamentos expuesto en ese recurso el cual previa sustanciación, fue resuelto por Auto de Vista Nº 121, de fecha 20 de septiembre de 2011 de fs. 114 a 119 y vta. Resolución del Tribunal de segunda instancia que revoca totalmente el Auto de fs. 83 a 84 y declara probado el incidente de nulidad de obrados de fs. 66 a 70 anulando obrados hasta el Auto de admisión de fs. 8 vta. Disponiendo que el Juez en ejercicio del control de la demanda solicite que la parte demandante se pronuncie sobre el documento de fs. 2 a 4 de obrados y que ha sido presentado como base del proceso de divorcio y además presente los documentos de propiedad de todos los bienes gananciales que hace referencia el en dicho documento
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que Rubén García Cabrera interpone incidente de nulidad de fs
- Auto interlocutorio que fue apelado por Rubén García Cabrera, por su memorial de fs
- Auto de Vista que fue impugnado por Roxana Gómez Mealla a fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FONDO
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En principio es oportuno reiterar el entendimiento dado en el A
- Sin embargo, a partir del año 2000, cuando ya ejercía jurisdicción el Tribunal Constitucional, la
- Teniendo en cuenta lo referido, del análisis del proceso se advierte que se dictó Sentencia
- De los antecedentes expuestos claramente se advierte que la Resolución que motivo el presente recurso
- De lo que se concluye que independientemente de que el Auto de Vista 121, de
- Por lo referido corresponde dictar Resolución conforme previene el art
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
