Auto Supremo AS/0987/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2015

Fecha: 28-Oct-2015

Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 y arts. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Roxana Gómez Mealla de Fs. 127 a 140, contra el Auto de Vista Nº 121, de fecha 20 de septiembre de 2011, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Cortes Superior del Distrito de Tarija. Con costas
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000