CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 269 a 270, interpuesto por Macario Rodríguez Mendoza, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº 062/2011 de 18 de febrero de 2011 que cursa de fs. 264 a 265 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz), en el proceso de prescripción y otros seguido por el recurrente en contra de Servicio de cobranza Acceso S.A., la concesión de fs. 283, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia signada con Resolución Nº 124/2010 de 5 de abril de 2010 que cursa de fs. 236 a 239 vta., declarando improbada la demanda de fs. 8 y vta., subsanada a fs. 10, 11, 12, 13 y 16, respecto a la prescripción de acción y derecho, extinción de obligación y cancelación de inscripción del gravamen
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia signada con Resolución Nº 124/2010 de 5 de abril de 2010 que cursa de fs. 236 a 239 vta., declarando improbada la demanda de fs. 8 y vta., subsanada a fs. 10, 11, 12, 13 y 16, respecto a la prescripción de acción y derecho, extinción de obligación y cancelación de inscripción del gravamen
- de Cobranza ACCESO
- Proceso: Prescripción y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrido de apelación y resuelta mediante Auto de Vista
- CONSIDERANDO II:
- Acusa que el Ad quem incumplió el art
- Describe el contrato de fs
- CONSIDERANDO III:
- 2
- 3
- 4
- La acusación descrita apunta a la legitimación de INVERSIONES PIRAI S
- Ahora analizando el reclamo del recurrente, se dirá que de fs
- Por lo que conforme al principio de causalidad, se reitera, que los actos generados
- En cuanto a la acusación relativa de haberse operado la prescripción conforme a los arts
- Respecto al argumento de que la esposa del recurrente no hubiera sido ejecutada, corresponde señalar
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Debiendo el Oficial de diligencias notificar tanto a ACCESO S.A. como a INVERSIONES PIRAI S.A
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
