Auto Supremo AS/0990/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0990/2015

Fecha: 28-Oct-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 3) del Código de Procedimiento Civil y art. 109 de la Ley Nº 439 respecto al recurso de casación en la forma ANULA únicamente los proveídos emergentes del apersonamiento y memoriales presentados por INVERSIONES PIRAI S.A., manteniendo los escritos y recursos presentados por el ahora recurrente y los actos procesales en ambas instancias; asimismo en atención del art. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil declara: INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 269 a 270, interpuesto por Macario Rodríguez Mendoza, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº 062/2011 de 18 de febrero de 2011 que cursa de fs. 264 a 265 vta. Sin costas por la anulación parcial