Describe el contrato de fs
En el fondo.-
Describe el contrato de fs. 5 a 7, y refiere que el estado de cuentas de fs. 1 coincide con el de fs. 117, refiriendo que el monto total alcanza a la suma de $us.8.897,90 y que se dio cumplimiento y la empresa incumplió con el retiro de la hipoteca, sin embargo de haberse operado la prescripción, conforme a los arts. 351 num. 1) y 7), 1557 num. 3), 1492, 1558 num. 2) y 1560 del Código Civil; asimismo refiere que su esposa Martina Mamani Rodríguez no fue ejecutada en dicho proceso; asimismo manifiesta que no fue valorado la prueba de fs. 1 a 10 y de fs. 117 a 129 que tiene la fuerza probatoria asignada por el art. 1283 del Código Civil. Asimismo se efectuó un cómputo errado sobre la prescripción
Describe el contrato de fs. 5 a 7, y refiere que el estado de cuentas de fs. 1 coincide con el de fs. 117, refiriendo que el monto total alcanza a la suma de $us.8.897,90 y que se dio cumplimiento y la empresa incumplió con el retiro de la hipoteca, sin embargo de haberse operado la prescripción, conforme a los arts. 351 num. 1) y 7), 1557 num. 3), 1492, 1558 num. 2) y 1560 del Código Civil; asimismo refiere que su esposa Martina Mamani Rodríguez no fue ejecutada en dicho proceso; asimismo manifiesta que no fue valorado la prueba de fs. 1 a 10 y de fs. 117 a 129 que tiene la fuerza probatoria asignada por el art. 1283 del Código Civil. Asimismo se efectuó un cómputo errado sobre la prescripción
- de Cobranza ACCESO
- Proceso: Prescripción y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrido de apelación y resuelta mediante Auto de Vista
- CONSIDERANDO II:
- Acusa que el Ad quem incumplió el art
- Describe el contrato de fs
- CONSIDERANDO III:
- 2
- 3
- 4
- La acusación descrita apunta a la legitimación de INVERSIONES PIRAI S
- Ahora analizando el reclamo del recurrente, se dirá que de fs
- Por lo que conforme al principio de causalidad, se reitera, que los actos generados
- En cuanto a la acusación relativa de haberse operado la prescripción conforme a los arts
- Respecto al argumento de que la esposa del recurrente no hubiera sido ejecutada, corresponde señalar
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Debiendo el Oficial de diligencias notificar tanto a ACCESO S.A. como a INVERSIONES PIRAI S.A
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
