Auto Supremo AS/1000/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1000/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Al efecto es menester hacer referencia a lo dispuesto por el art

Sobre el tema corresponde enfatizar lo dispuesto por el art. 254 -1) del Código de Procedimiento Civil, mismo que refiere: Procederá el recurso de casación por haber violado las formas esenciales del proceso, cuando la Sentencia o Auto recurrido hubiera sido dictado: “1) Por juez o tribunal incompetente….”
Al efecto es menester hacer referencia a lo dispuesto por el art. 178, parágrafo I de la Constitución Política del Estado, misma que señala: “La función judicial es única. La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales…”