Auto Supremo AS/0504/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista 158/11 de 12 de


La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista 158/11 de 12 de febrero de 2011, emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, que declaró improcedente la apelación restringida impetrada por las querellantes; en consecuencia, confirmó la Sentencia impugnada. Los fundamentos para asumir esta decisión fueron los siguientes:

1) Mediante Sentencia 09/2010 de 30 de agosto, cursante de fs. 239 a 246 de obrados, se absolvió a la acusada Eulalia Lujan de Callisaya de los delitos de Despojo y Daño Simple; porque la prueba producida en juicio oral no fue suficiente para generar en el Juzgador la convicción sobre la responsabilidad penal de la prenombrada; bajo el fundamento de que el señor Rufino Félix Callisaya Sirpa, es también heredero y propietario del bien inmueble; quien estaba en posesión del mismo conjuntamente su esposa Eulalia Lujan de Callisaya y sus cinco hijos, con la venia de los causantes o padres antes de su fallecimiento y todos los demás co-herederos del bien inmueble que todavía no ha sido objeto de división y partición y que los herederos habrían estado viviendo en lo proindiviso