Auto Supremo AS/0631/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0631/2015-RA

Fecha: 26-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 6 a 10 vta.); y, una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia de la Provincia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, por Sentencia 28/2008 de 26 de agosto de 2008 (fs. 141 a 145), declaró a Faustino García Callejas, Sebastián Lucio Mamani Villca y Tomasa Callejas Campos, autores y culpables de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiéndoles la pena al primero ocho años de presidio; y, a los dos últimos la pena de doce años de presidio, más el pago de una multa para cada uno de ellos en la suma de 250 a razón de un boliviano por día, con costas y responsabilidad civil averiguables en ejecución de Sentencia