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    Auto Supremo AS/0772/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0772/2015-RRC-L

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.1.De la Sentencia


    II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

    De la atenta revisión de los antecedentes remitidos en casación se concluye lo siguiente:

    II.1.De la Sentencia
    • Por memorial presentado el 14 de mayo de 2011, cursante de fs
    • a) En mérito a la acusación particular (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia el acusador particular Milton Teodoro Alba Argote, interpuso recurso
    • Mediante Auto Supremo 632/2015-RA-L de 18 de septiembre cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • II.2. Notificación con la Sentencia y recurso de apelación
    • Remitidos los antecedentes al Tribunal de alzada, se dictó el Auto de Vista de
    • La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso al constituirse
    • Debe añadirse que este derecho posibilita -a decir del profesor Alcalá Zamora- que las partes
    • La norma adjetiva penal de igual manera reconoce el derecho a recurrir, al establecer en
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • En el caso presente la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada declaró inadmisible
    • Ahora bien, aplicando la normativa relativa a la formulación del recurso de apelación restringida y
    • En consecuencia, al existir un error en el recurrente en cuanto a la fecha de
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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