II.2. Notificación con la Sentencia y recurso de apelación
Concluido el juicio oral y público, la Jueza de Partido Penal Liquidador y Sentencia de Quillacollo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 11 de 18 de diciembre de 2007 (fs. 110 a 114 vta.), declarando la absolución de culpa y pena de Jhonny Miranda Liendo, de la comisión de los delitos de Despojo, Alteración de Linderos y Perturbación de Posesión, tipificados y sancionados por los arts. 351, 352 y 353 del CP, con costas, con el argumento de que el acusador particular no demostró que se haya producido el desplazamiento o exclusión de la ocupación visible, tampoco acreditó los medios de violencia moral o física, que los linderos hubiesen sido violentados o suprimidos por el imputado, ni que haya usado violencia o amenazas para perturbar o limitar el uso y goce del inmueble en cuestión.
II.2. Notificación con la Sentencia y recurso de apelación
- Por memorial presentado el 14 de mayo de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia el acusador particular Milton Teodoro Alba Argote, interpuso recurso
- Mediante Auto Supremo 632/2015-RA-L de 18 de septiembre cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- II.2. Notificación con la Sentencia y recurso de apelación
- Remitidos los antecedentes al Tribunal de alzada, se dictó el Auto de Vista de
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso al constituirse
- Debe añadirse que este derecho posibilita -a decir del profesor Alcalá Zamora- que las partes
- La norma adjetiva penal de igual manera reconoce el derecho a recurrir, al establecer en
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el caso presente la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada declaró inadmisible
- Ahora bien, aplicando la normativa relativa a la formulación del recurso de apelación restringida y
- En consecuencia, al existir un error en el recurrente en cuanto a la fecha de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
