Auto Supremo AS/0776/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0776/2015-RRC-L

Fecha: 05-Nov-2015

Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, dictado dentro del proceso penal seguido


Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, dictado dentro del proceso penal seguido por GDF contra FFC, por la presunta comisión del delito de Despojo, tuvo como hechos fácticos entre otros, la constatación por parte del Tribunal de casación, que el Tribunal de alzada incurrió en los mismos defectos que el Juez de mérito, al no observar la ausencia del criterio de valor de cada uno de los elementos de prueba; hecho que motivo la siguiente doctrina legal aplicable:

“El espíritu de la normativa penal, en consonancia con la doctrina penal contemporánea, establece que la apelación restringida constituye el único medio legal para impugnar una sentencia, por lo que tanto los Tribunal de apelación deben fundamentar sus decisiones expresando los motivos de hecho y de derecho en que se basan, no pudiendo ésta ser reemplazada por la simple relación de las pruebas o requerimientos de las partes vulnerando, de tal manera, derechos constitucionales. Ante eventuales denuncias de defectuosa valoración de la prueba o errónea aplicación de la ley sustantiva, es menester que los Tribunales de alzada, realicen un efectivo control del sistema de valoración de la prueba y se pronuncien, de manera expresa, absolviendo los fundamentos del recurso de apelación análisis