Auto Supremo AS/0780/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2015-RRC-L

Fecha: 05-Nov-2015

Del memorial del recurso de casación (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) En mérito a las acusaciones fiscal y particular (fs. 8 a 10 y 24 a 26 vta.), desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del distrito judicial de La Paz, por Sentencia 3/2010 de 22 de marzo (fs. 177 a 183), declaró a Angélica Cerda Salas, absuelta de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198 y 203 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto complementario (fs. 189), los acusadores particulares Jesús Pastor y Santos ambos de apellidos Cerda Salas, el Ministerio Público (fs. 212 a 215 vta. y 217 a 218) y, Angélica Cerda Salas (fs. 221 y vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 5/2011 de 4 de febrero (fs. 261 a 262 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedentes los recursos de apelación planteados por la parte acusadora y procedente el recurso planteado por Angélica Cerda Salas, respecto al pago de costas, daños y perjuicios, manteniendo firme y subsistente la Sentencia apelada, lo que motivó la interposición del recurso de casación.

I.1.1. Motivos del recurso

Del memorial del recurso de casación (fs. 274 a 277) y del Auto Supremo 548/2015-RA-L de 16 de Septiembre (fs. 285 a 289), dictado en el caso de autos, se extraen las denuncias a ser analizadas en la presente Resolución, aspectos sobre los cuales, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido por el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP)