Auto Supremo AS/0789/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0789/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

En el entendido de que la falta de pronunciamiento respecto a alguno de los puntos


III.2. Análisis del caso concreto.

En el entendido de que la falta de pronunciamiento respecto a alguno de los puntos apelados puede generar que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado cuando se constituya en defecto absoluto inconvalidable por la afectación a derechos y/o garantías constitucionales que hubieren generado perjuicio cierto e irreparable a alguna de las partes; se verifica, de la lectura del Auto de Vista, que en el recurso de apelación restringida, específicamente en el motivo 10 bajo el acápite titulado “DE LA OMISION DE CLAUSULA DE SEGURIDAD LEGAL”, la recurrente hizo hincapié que las resoluciones emitidas por los Tribunales de justicia deben contener las advertencias establecidas en el art. 123 del CPP, y que dicho presupuesto es de inexcusable cumplimiento, resultando en el caso de autos que la Sentencia, en ninguna de sus partes consignó dicha cláusula, incurriendo en el defecto previsto por el art. 169 incs. 3) el CPP