Auto Supremo AS/0804/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0804/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

En cuanto a la ausencia de recurrir la resolución que resolvió la excepción de cosa


En cuanto a la ausencia de recurrir la resolución que resolvió la excepción de cosa juzgada dentro del juicio oral, ésta no puede ser subsanada como lo hizo el Juez de Partido y de Sentencia en la parte resolutiva de la sentencia de fojas 198 a 202. La resolución de fojas 164 vuelta no tuvo reserva de recurrir. Y en el recurso de apelación restringida se limitaron a cuestionar que los delitos de despojo y perturbación de posesión son excluyentes en cuanto a los elementos constitutivos de cada tipo penal y denunciaron que hubo una inadecuada valoración de la prueba