Sobre este motivo se debe tener en cuenta que conforme se tiene señalado en el
Sobre este motivo se debe tener en cuenta que conforme se tiene señalado en el punto que antecede, que el Tribunal de alzada al proceder a dar respuesta a la alzada del ahora recurrente, ejecutando su labor de control sobre el fallo venido en apelación, ha advertido que la Sentencia ha incurrido en defectos absolutos no solo en la mutilación del acta de juicio, sino también en la defectuosa valoración de la prueba, lo cual ha generado la vulneración de derechos constitucionales de las partes, y que no pueden ser subsanadas por el mismo Tribunal de alzada en infracción del art. 173 del CPP, aspectos que no han sido desvirtuados por los ahora recurrentes a través de su recurso de casación, consecuentemente, no corresponde la aplicación del art. 414 del CPP, como extrañan, ya que la labor errónea del Tribunal a quo debe ser enmendada conforme ha estipulado el Tribunal de alzada, por lo que resultan infundados los tópicos inmersos en el presente motivo
- Por memorial presentado el 18 de julio de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollado la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia
- Del memorial del recurso de casación (fs
- Los motivos admitidos para el análisis de fondo, se refieren
- Mediante Auto Supremo 665/2015-RA-L de 21 de Septiembre (fs
- II.1. De la Sentencia
- El Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí,
- En ese sentido, indica que el médico Iván Ricaldi Vega se encontraba trabajando en Emergencias
- Asimismo, por la literal remitida al fiscal de 14 de diciembre de 2009 de German
- La nombrada acusadora particular interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por los imputados, abriendo su competencia vía flexibilización al
- Para dicho fin, en primer término se procederá a realizar algunas consideraciones de orden doctrinal
- III.1.1. La fundamentación y motivación como elemento del derecho al debido proceso
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la CPE, reconoce y garantiza el debido
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la CPE y el CPP,
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- III.2. Análisis del caso concreto
- Al respecto de acuerdo a lo señalado en el acápite II
- En el tercer motivo admitido los recurrentes arguyen que con relación a la anulación de
- Sobre este motivo se debe tener en cuenta que conforme se tiene señalado en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
